INFORMACIÓN

Los certificados expedidos por la Asociación Israelita de Venezuela dan fe del origen sefardí del solicitante, por lo tanto, son personales e intransferibles. Las personas que conformen un núcleo familiar, deberán tramitar su solicitud de manera individual.

  1. La Asociación Israelita de Venezuela es la única y exclusiva institución que agrupa en el país a las personas judías de origen sefardí. Está debidamente inscrita ante la República Bolivariana de Venezuela por intermedio de la Dirección de Cultos del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
  2. La Asociación Israelita de Venezuela informa que cualquier trámite o gestión que soliciten sus asociados y/o personas que requieran alguna diligencia debe ser realizado a título personal (trámites “intuitu personae”) y bajo la completa responsabilidad del solicitante, utilizando para ello, la página web de la institución aiv.org.ve.

Esto incluye la solicitud de Certificados de Origen Sefardí que pueden realizar las personas para optar a la concesión de la nacionalidad española como sefardíes originarios de España. Las personas son las siguientes:

  • Venezolanos y extranjeros residentes en el país. (Ley 12/2015 de 24 de junio en materia de concesión de nacionalidad española a los sefardíes originarios de España)
  • Venezolanos residentes en España. (Nacionalidad española por residencia)
  1. La Asociación Israelita de Venezuela cuenta con un equipo de profesionales que se encuentra debidamente calificado y en plena disponibilidad para colaborar de manera expedita en la atención de las solicitudes del Certificado de Origen Sefardí requerido para la adquisición de la nacionalidad española.
  2. La Asociación Israelita de Venezuela participa que todos los aportes requeridos para cubrir los costos de los diferentes trámites o gestiones deben ser realizados directamente a la AIV a través de las cuentas destinadas para ello.
  3. La Asociación Israelita de Venezuela reitera que NO HA SUSCRITO ACUERDO NI CONVENIO alguno con Escritorios de Abogados ni gestores que realicen trámites a terceras personas, en especial con relación a aquellas diligencias requeridas para la obtención de la nacionalidad española, de conformidad con la Ley 12/2015.
  4. La Asociación Israelita de Venezuela denunciará ante las autoridades españolas a aquellas personas o instituciones que emitan certificados sin tener las competencias requeridas en Venezuela.

SOLICITUD DE CERTIFICADOS DE ORIGEN SEFARDÍ (COS)

  1. Las solicitudes de Certificado de Origen Sefardí se realizan en línea ingresando a la página web aiv.org.ve. Para ello, el interesado debe seguir las indicaciones contenidas en el instructivo del proceso de solicitud, las cuales contemplan:
  • Completar, firmar y adjuntar los formularios: Solicitud de Certificado Sefardí y Acuerdo de solicitud de Certificado de Origen Sefardí (Anexo).
  • Adjuntar copia del pasaporte (página con datos y prórroga), partida de nacimiento y estudio genealógico (por ascendencia o por apellidos) con las pruebas correspondientes o documentos que demuestren, ya sea la filiación, o la pertenencia de varios apellidos del interesado al linaje sefardí.
  • Adjuntar copia del Número de Identificación de Extranjero (NIE) y prueba de residencia (venezolanos residentes en España)
  1. La emisión del Certificado de Origen Sefardí se realiza después de recibir, revisar, analizar y evaluar la información personal y genealógica suministrada por el interesado, con el objeto de verificar el vínculo consanguíneo entre el solicitante y su ancestro sefardí o la pertenencia de varios de los apellidos del interesado al linaje sefardí.

Las solicitudes serán atendidas en estricto orden de llegada. Es importante tomar en consideración que su solicitud requiere un procedimiento de revisión, validación y aprobación de los recaudos consignados, por lo que la emisión de su Certificado de Origen Sefardí dependerá del volumen de solicitudes, previa a la suya.

  1. La Asociación Israelita de Venezuela informa que el aporte requerido por la emisión de cada Certificado de Origen Sefardí por ascendencia es de USD 600,00 para toda persona mayor de 18 años y para los menores de 18 años es de USD 450,00. El aporte requerido para la emisión de los Certificados por apellidos es de USD 1.600,00 para todas las personas, sin importar la edad.  En el caso de solicitantes que hayan obtenido un certificado de origen sefardí de la AIV por ascendencia, con la línea Juan del Rincón Carmona, se les reconocerá como parte de pago, el aporte que hayan hecho en su momento, pagando la diferencia faltante. Estas solicitudes serán atendidas por el correo electrónico solicitudcos@gmail.com.
  2. La Asociación Israelita de Venezuela informa que los aportes requeridos por reimpresión de Certificados de Origen Sefardí es de USD 500,00 (Cambio de formato derivado del cambio de Presidente de la AIV, reimpresión por robo, extravío, otros). Estas solicitudes serán atendidas por el correo electrónico solicitudcos@gmail.com.
  3. Los documentos constitutivos de la AIV (acta constitutiva, estatutos, representantes legales) pueden ubicarlas pulsando Aquí.
  4. La Asociación Israelita de Venezuela atenderá requerimientos de información por el correo electrónico, solicitudcos@gmail.com. Se agradece NO solicitar información acerca del estatus de su solicitud ya que esto retrasa el proceso y por lo tanto NO serán respondidas.

Si el solicitante cumple con todos los requisitos exigidos, recibirá un correo con las instrucciones para realizar el aporte y retirar el certificado.

Si el solicitante no cumple con todos los requisitos exigidos, igualmente recibirá un correo solicitando información complementaria.

  1. La Asociación Israelita de Venezuela agradece encarecidamente el cumplimiento de las disposiciones establecidas, ya que, constituyen una forma de optimizar los procesos.

Comunicado

La Asociación Israelita de Venezuela (AIV), a raíz de las decisiones emanadas del Tribunal Supremo español a principios de 2025, informa a todas las personas interesadas en el proceso de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, lo siguiente:

  1. Los Certificados de Origen Sefardí emitidos por la AIV dan fe del origen sefardí del solicitante, por lo tanto, son personales e intransferibles. Las personas que conformen un núcleo familiar, deberán tramitar su solicitud de manera individual.
  2. Todas las solicitudes de Certificado de Origen Sefardí presentadas ante la AIV deben cumplir con lo siguiente:
    1. Certificados por ascendencia: un informe genealógico ascendente y/o documentos que permitan demostrar la vinculación de una generación con otra, de forma consanguínea, hasta llegar al ancestro judío sefardí del cual descienden.
    2. Certificados por apellidos: un informe que acredite la pertenencia de varios los apellidos del interesado al linaje sefardí, elaborado por genealogista de reconocida solvencia acreditado en Venezuela, así como informe del Centro de Documentación y Estudios Moisés de León o de la Unión Sefardí Mundial. Estos últimos serán considerados de manera complementaria, no vinculante en el expediente.
  3. La AIV se reserva el derecho de modificar estos requisitos, si ello contribuye en la mejora de los procesos de los interesados y siempre y cuando dichos requisitos estén conformes a la Ley y a la jurisprudencia, como complemento del orden jurídico.